Multitud de herederos de dependientes estudian ir al TSJ para cobrar la ayuda

Multitud de herederos de dependientes fallecidos sin cobrar la prestación han acudido a la Plataforma en Defensa de la Ley de Dependencia para interesarse por la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) que les daría la posibilidad de percibir esas ayudas que sus familiares nunca tuvieron por los retrasos de la Generalitat a la hora de resolver los expedientes. Más de 36.000 familias pueden optar a solicitar estas indemnizaciones aunque, según la abogada del colectivo, Sandra Casas, «con diferentes posibilidades de éxito y de trámite».

Los herederos cuyo familiar que haya solicitado la ayuda para la dependencia haya fallecido hace menos de un año todavía pueden recurrir a la Conselleria de Bienestar Social y pedir la retribución de la prestación correspondiente. En caso de que la administración se lo deniegue o no conteste pueden acudir ya al TSJ para presentar un recurso contencioso-administrativo, explicó la letrada de la plataforma que tiene varios procesos abiertos de este tipo.

Si los herederos ya tienen el rechazo de la Conselleria de Bienestar Social pueden acudir directamente al Tribunal Superior de Justicia y presentar el recurso contencioso-administrativo, pese a que haya pasado más de un año de que su familiar falleciera. Además, queda también la posibilidad de que se pida una «extensión de efectos» para que la sentencia del TSJ se aplique a todos los casos similares presentados ante la justicia en la Comunitat Valenciana, lo que ahorraría el juicio a las familias que tienen los procesos en marcha.

Como contó el sábado en exclusiva Levante-EMV, el alto tribunal valenciano ha obligado a la Generalitat a abonar la prestación a los herederos de una dependiente que falleció mientras la conselleria tramitaba su expediente porque fue «prolongada, defectuosa y morosa» por parte de la Conselleria de Bienestar Social. En este caso, el departamento que ahora dirige Asunción Sánchez Zaplana tardó dos años en resolver la solicitud de dependencia.
De esta manera, el TSJ valenciano se suma a la jurisprudencia sentada por otros altos tribunales como el de Andalucía que dan la razón a los dependientes fallecidos y sus herederos ante la administración autonómica. Pero los recurrentes valencianos se pueden encontrar con otra sentencia de la Sección Quinta del mismo TSJCV que avaló a la conselleria que defiende que la muerte del dependiente era motivo de archivo del expediente.

Fuente: Levante